PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CREACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL TRABAJO AUTÓNOMO
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Personas físicas que realicen o vayan a realizar por cuenta propia (fuera del ámbito de organización
y dirección de otra persona) una actividad económica o profesional.
En la primera convocatoria del 2009, se considerará también proyecto de creación los presentados por
autónomos que hayan iniciado su actividad a lo largo del ejercicio 2008 y 2009, hasta la fecha de
apertura de la convocatoria.
Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda,
-
quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente
en los doce meses previos a la presentación de la solicitud del incentivo, salvo que la iniciativa
emprendedora que presenten sea para una actividad diferente a la desarrollada anteriormente.
-
quienes hayan sido beneficiarios del Ticket del Autónomo para el inicio de actividad.
CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS
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Categoría del proyecto | |
Intensidad e importe máx. | |
Subcategoría del proyecto | |
% adicional sobre base incentivable | |
% e importe máx. total del incentivo | | |
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Tramo fijo de 3.000 € para gastos de inicio de actividad |
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a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1
b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica
y de innovación. 2
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55% de la inversión y/o gastos.
Hasta 8.000 € | | -
Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE.
-
Haber sido despedido en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga
duración.
-
Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
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10%
10%
5%
5% | |
Incentivo directo 75%
Hasta 14.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €
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c) Actividades económicas tradicionales y que cumplan al menos uno de los siguientes requisitos :
-Haber sido despedido/a en los tres últimos años o tener la consideración de desempleado de larga
duración. -Personas beneficiarias de prestación por desempleo en su modalidad de pago único.
-Personas provenientes de programas de FP y/o Itinerarios de Inserción Profesional. -Contratar por
cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, por un período mínimo de 6
meses. -Actividades con carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación. | |
55% de la inversión y/o gastos.
Hasta 4.000 €
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-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
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10%
5%
5%
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Incentivo directo 65%
Hasta 10.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 € |
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MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1.- Bonificación de tipos de interés
El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la
siguiente forma:
-
En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75%
de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
-
En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros
calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.
Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.
2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:
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Bienes de equipo.
Equipos informáticos o de infraestructura de TIC.
Adquisición y tratamiento de software.
Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos
técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
Otras inversiones en activos fijos materiales.
Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde
el inicio de la actividad)
Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las
entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información,
imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
Registros de dominios
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Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y
modelos que no puedan ser considerados de I+D+I.
-
Asesoramiento externo para definir la estrategia de comunicación e imagen de la empresa.
-
Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
-
Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos
de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior,
clientes, proveedores y empleados.
-
Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora
sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas
para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
-
Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
-
Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos…etc
-
Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la
empresa.
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Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de
evaluación ( Anexo II de la Orden
), siendo esta ayuda
incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo
Empresarial en Andalucía
.
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Enlace a la solicitud telemática
. Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30
de octubre de 2009
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena).
Orden de 25
de marzo de 2009 (BOJA 65 de 3
de abril de 2009)
PROGRAMA DE INCENTIVOS PARA LA CONSOLIDACIÓN Y MODERNIZACIÓN DE INICIATIVAS EMPRENDEDORAS DEL
TRABAJO AUTÓNOMO
¿QUIÉN LO PUEDE SOLICITAR?
Los trabajadores autónomos que vengan desarrollando una actividad económica por cuenta propia
durante más de un año y presenten un proyecto de consolidación y modernización de la misma,
incorporando mejoras sustanciales en sus productos, procesos, servicios, organización o modelo de
negocio.
Tendrán preferencia los proyectos que correspondan a conjuntos de autónomos para mejoras de
infraestructuras comunes, tecnología, diseño, u otras áreas de desarrollo.
Nota: No podrán beneficiarse de esta ayuda quienes hayan causado baja en el Régimen Especial de los
Trabajadores Autónomos (RETA) o equivalente en los doce meses previos a la presentación de la
solicitud del incentivo.
CATEGORÍAS DE LOS PROYECTOS E INTENSIDAD DE LOS INCENTIVOS
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Categoría del proyecto | |
Intensidad e importe máx. | |
Subcategoría del proyecto | |
% adicional sobre base incentivable | |
% e importe máx. total del incentivo | | |
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a) Actividades económicas ligadas a los sectores estratégicos preferentes. 1
b) Servicios profesionales avanzados de innovación y tecnológicos ligados a consultoría estratégica
y de innovación. 2
| |
45% de la inversión y/o gastos.
Hasta 8.000 € | | -
Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE
-
Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
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10%
5%
5% | |
Incentivo directo 60%
Hasta 10.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 €
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c) Actividades económicas no incluidas en las anteriores categorías y que cumplan al menos uno de
los siguientes requisitos :
-Contratar por cuenta ajena a, al menos, un demandante de empleo registrado en el SAE, al menos
durante 1 año.
-Actividades que tengan un carácter diferenciador o singular en su ámbito de actuación.
-Proyectos que generen valor añadido o componentes de innovación en actividades tradicionales. | |
45% de la inversión y/o gastos.
Hasta 6.000 €
| |
-Pertenecer a grupos en riesgo de exclusión social.
- Mujeres y/o jóvenes menores de 35 años.
-
Pertenecer a una zona ATIPE.
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10%
5%
5%
| |
Incentivo directo 60%
Hasta 8.000 € + bonificación de intereses hasta 3.000 € |
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MODALIDADES DE INCENTIVOS Y CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1.- Bonificación de tipos de interés
El importe máximo de la bonificación del préstamo concedido será de 3.000 euros y se calculará de la
siguiente forma:
-
En el caso de inversiones en activos fijos el nominal del préstamo tendrá un importe máximo del 75%
de dicha inversión calculándose a un plazo máximo de amortización de 10 años y 2 de carencia.
-
En el caso inversiones en circulante el préstamo tendrá un importe máximo de 15.000 euros
calculándose a un plazo máximo de amortización de 3 años y 6 meses de carencia.
Nota: ambos importes son acumulables hasta alcanzar el límite máximo establecido.
2.- Incentivos directos para los siguientes conceptos:
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Inversiones en activos fijos inmateriales (patentes, licencias de explotación o de conocimientos
técnicos patentados y conocimientos técnicos no patentados).
Otras inversiones en activos fijos materiales.
Gastos generados por el inicio de actividad incluyendo las cuotas satisfechas al Régimen Especial de
Trabajadores Autónomos (sólo de los seis primeros meses desde el inicio de la actividad).
Gastos de alquiler de instalaciones y equipos de producción (sólo de los seis primeros meses desde
el inicio de la actividad).
Energía, agua, calefacción y gastos administrativos.
Servicios externos iniciales de alojamiento de plataformas web. Servicios que permitan a las
entidades disponer de un sistema por el que los usuarios de internet puedan acceder a información,
imágenes, vídeo, o cualquier contenido vía web.
Servicios externos de capacitación específica en sistemas y herramientas de TIC implantadas en la
empresa.
Registros de dominios.
| | -
Asesoramiento externo para el diseño de productos, envases y embalajes, maquetas, prototipos y
modelos que no puedan ser considerados de I+D+I.
-
Asesoramiento externo para la definición de la estrategia de comunicación y de imagen de la empresa.
-
Servicios externos para la implantación y/o certificación de sistemas de gestión.
-
Servicios externos para la integración de los sistemas de información internos que soportan procesos
de negocio tradicionales, con los sistemas que relacionan a las entidades con su entorno exterior,
clientes, proveedores y empleados.
-
Servicios externos para la realización de diagnósticos, estudios y análisis previos, para la mejora
sustancial en materia de reingeniería de procesos, incorporación de nuevas tecnologías y/o ayudas
para mejorar el proceso de tomas de decisiones.
-
Gastos de registro de patentes y marcas comerciales destinadas a la promoción comercial.
-
Gastos externos de realización de material de promoción, confección y edición de catálogos,
folletos, cartelería, etc
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Nota: para la puntación de los proyectos se tendrán en cuenta criterios fijos y variables de
evaluación ( Anexo II de la Orden
), siendo esta ayuda
incompatible con el Programa de Incentivos para el Fomento de la Innovación y el Desarrollo
Empresarial en Andalucía
.
PLAZO PARA LA PRESENTACIÓN DE LAS AYUDAS
Enlace a la solicitud telemática
. Convocatorias 2009:
Primera: del 4 de abril al 18 de mayo de 2009
Segunda: del 10 al 30 de julio.
Tercera: del 10 al 30
de octubre de 2009
ORGANISMO RESPONSABLE Y TEXTO LEGAL
Consejería Innovación, Ciencia y Empresa.
Fundación Red Andalucía Emprende (Marchena)
Orden de 25 de
marzo de 2009 (BOJA 65 de 3 de
abril de 2009)
Bases reguladoras en pdf
Para más información:
Agencia Desarrollo Local
Ayuntamiento de Lantejuela
P.I La Fuentecilla
c/ 1 deMayo 22-A
954.82.70.74