Programa "Empresa 24 horas"

Programa "Empresa 24 horas"

 

Empresa 24 horas

 

Introducción

El Programa Empresa 24 horas es una iniciativa de la Junta de Andalucía que permite reducir a un día los pasos necesarios para contar con una sociedad mercantil y comenzar a operar de inmediato con ella. El Programa, aprobado por el  Consejo de Gobierno el 27 de enero , es gestionado por la Agencia de Innovación y Desarrollo de Andalucía IDEA, para facilitar al máximo la puesta en marcha de una iniciativa empresarial.

Qué ofrecemos

 

  • Un Banco de Empresas bajo la denominación INNOVA24H, que ofrece sociedades limitadas ya constituidas y con domicilio social en las distintas provincias andaluzas. Estas sociedades estarán debidamente inscritas en el Registro Mercantil, provistas del Código de Identificación Fiscal (CIF) y contarán con garantía de inactividad hasta el mismo momento de la transmisión al comprador, con toda su documentación perfectamente legalizada y regularizada, incluyendo escrituras notariales de constitución, compra-venta de participaciones sociales y de formalización de acuerdos sociales, libro de socios y de actas, solicitud de alta de actividad a desarrollar por la empresa el mismo día de la compra y cuenta bancaria abierta a nombre de la sociedad.
  • Sólo las personas físicas podrán adquirir una empresa en el marco de este Programa, no pudiendo adquirir una misma persona participaciones de más de una sociedad.
  • El coste para los empresarios interesados en adquirir una sociedad de este programa, será única y exclusivamente el correspondiente a los gastos estrictos de su constitución. Pagarán 3.006 euros y recibirán una cuenta corriente a nombre de la sociedad con un saldo de 3.006 euros menos los gastos de constitución.  Ver gastos
  • Con la firma de la compra-venta se entrega la sociedad en 24 horas. La Agencia IDEA habrá realizado previamente toda la tramitación.

Cómo crear una empresa en 24 horas

PASO 1º.-.  Rellene la Solicitud de Reserva  aquí  
Una vez que recibamos la solicitud, nos pondremos en contacto con usted mediante un correo electrónico y/o sms confirmando la reserva de la sociedad y el número de cuenta donde hacer el pago. 

PASO 2º.-   Realice el pago (mediante transferencia bancaria, efectivo, ...) del importe de la compra de la sociedad: 3.006 euros, a la cuenta bancaria indicada. 

PASO 3º.-  Una vez realizado el ingreso y verificado el pago, le facilitaremos la fecha y hora para la firma en la notaría elegida de cualquiera de las provincias andaluzas.

PASO 4º.-  No olvide acudir a la cita en la Notaría elegida con la siguiente documentación original en vigor:
 

  1. Si existe separación de bienes, deberá aportar en el acto de la firma en notaría certificado literal de matrimonio expedido por el registro civil, primera copia de la escritura de capitulaciones matrimoniales u original del libro de familia donde conste inscrita la separación matrimonial.
  2. Original del DNI
  3. Si uno o varios de los administradores elegidos fueran una persona jurídica, portará consigo:
    1. Original del CIF de la entidad.
    2. Original del DNI del administrador o apoderado de la sociedad
    3. Original de la escritura donde conste su nombramiento como administrador, apoderado o representante del órgano de administración y de la sociedad.

En la misma escritura de venta de participaciones sociales se contendrá Junta General Universal de Socios, tras la venta, en la que el nuevo/s socio/s acordará el cambio del domicilio social y el cambio de administrador. La forma de órgano de administración para la sociedad será la elegida en el formulario de solicitud.

Si la actividad que pretende realizar no se encuentra reflejada entre el amplio objeto social de las sociedades del banco de empresas, éste se modificará en la escritura citada anteriomente.  (Estatutos de la Sociedad)

Desde Notaría, en ese mismo acto, se comunicará a la entidad financiera el cambio de administrador de la respectiva sociedad.

Finalmente, y tras la firma, se le facilitarán a los adquirentes los siguientes documentos:

 

  1. Primera copia de la escritura de constitución inscrita en el registro mercantil.
  2. Ejemplar para el administrado del pago de impuestos.
  3. 036 de petición de CIF con el CIF definitivo.
  4. Libros de Socios y de Actas diligenciados.
  5. Copia del contrato de apertura de cuenta corriente con los datos de la sucursal, nombre de persona de contacto y número de teléfono.
  6. Factura de los gastos de constitución.
  7. Copia de haber presentado el 036 de alta en la actividad.
  8. Copia autorizada de la escritura de transmisión, modificación estatutaria y cambio de administración, que les acreditarán como dueños y administradores de la sociedad.
  9. Indicaciones de los pasos esenciales necesarios tras la adquisición de la empresa

Una vez firmada la compra y entregados los anteriores documentos, ya podrá operar y emitir facturas, aunque a partir de dicho instante, deberá cumplimentar las obligaciones formales, registrales, contables y fiscales que marca la legislación vigente.  Pinche aquí   para tener acceso a un folleto informativo donde a modo de ejemplo y como simple guía orientativa, le detallamos algunas de las obligaciones esenciales que tendrá que cumplir tras la firma, siendo aconsejable en todo caso contar con el debido asesoramiento profesional.

El comprador recibirá una cuenta corriente con 3.006 euros de capital social, sobre la que se cargarán los gastos de constitución e impuestos.  (Ver gastos)

A partir de este momento la sociedad es de su propiedad, usted puede desarrollar su actividad y facturar.


 

Preguntas más frecuentes

 

  • ¿ Cuánto tiempo  se tarda en adquirir la sociedad?
    24 horas desde el momento que comprobamos el pago (días laborables).

     

     

  • ¿Puedo consultar el  banco de empresas ?
    NO. Cada empresa tiene un objeto social tan amplio que abarca prácticamente todas las posibles actividades. En caso de que la que usted necesite no esté contemplada, se modificará en la escritura. ( Puede consultar los estatutos en esta página web )

     

     

  • ¿Puedo  solicitar una empresa 24h, ?físicamente?  en sus oficinas?
    NO, es requisito del programa presentar la solicitud por internet, así como que el solicitante (uno de los socios) disponga de certificado digital.

     

     

  • ¿La  forma jurídica  es sólo S.L.?
    SI. En el caso de desear una SL Profesional, deben pedir a sus Colegios el certificado de profesional, previamente a la firma en Notaría.

     

     

  • ¿Se puede cambiar la  denominación ?
    NO. No es parte del programa 24 horas. En cualquier caso podrá hacerlo una vez adquiera la empresa.
    ( Para el cambio de denominación de las empresas INNOVA24H, los emprendedores deben dirigirse al Registro Mercantil Central, Sección de Denominaciones, tlf. 902 88 44 42, donde les darán toda la información necesaria para obtener el nuevo nombre. Debe tener en cuenta que el solicitante debe ser el nombre de la empresa adquirida, *INNOVA24H, S.L., y no el de los socios )

     

     

  • ¿Podemos incrementar el  capital social ?
    NO dentro del programa 24h. Podrá hacerlo después, si así lo desea.

     

     

  • ¿Podemos aportar  capital en especie ?
    No, todas las empresas tienen de capital social 3.006 ? aportado en una cuenta bancaria.

     

     

  • ¿Se puede incluir una  actividad  que no esté recogida en el objeto social (estatutos)?
    SI, hay que avisarlo previamente en Notaría.

     

     

  • ¿Cuánto me costaría cambiar el  domicilio social ?
    El cambio de domicilio social no le cuesta nada, entra dentro del programa.

     

     

  • ¿Puede un  menor  adquirir una sociedad?
    SÍ, siempre que disponga de firma electrónica.

     

     

  • ¿Podemos acceder a las  ayudas y subvenciones ?
    Pueden acceder a todo tipo de ayudas y subvenciones pertinentes para la puesta en marcha de su proyecto empresarial.

     

     

  • ¿Puede una persona  solicitar una empresa en nombre de otra ?
    NO, el solicitante debe ser uno de los socios (personas físicas) y ninguna puede adquirir participaciones de más de una empresa 24 horas.

     

     

  • ¿Se puede aplazar el  alta en Hacienda  de la actividad?
    NO, el compromiso del programa es vender empresas que entren inmediatamente en funcionamiento.

     

     

  • ¿Cuándo puedo  disponer del dinero  de mi cuenta?
    La entidad bancaria tiene que comprobar su titularidad; en esto puede tardar unos días.
    Para cancelar la cuenta es necesario que la escritura con los cambios estatutarios esté inscrita en el Registro Mercantil de su provincia.

     

     

  • ¿Cómo obtengo el  certificado digital ?
    Debe visitar la página web de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre (se incluye enlace en esta página, cuando  pincha  para acceder a la solicitud) y seguir las instrucciones, entre las que está personarse con el código recibido, en una oficina con competencias para identificarse; a las pocas horas ya lo tendrá operativo desde el mismo ordenador en el que solicitó el código inicial.

     

     

  • ¿Qué tengo  que hacer una vez CONSOLIDADA la solicitud ?
    Cuando consolide recibirá un e-mail a la dirección que nos haya indicado, informándole de la cuenta bancaria donde debe hacer el ingreso de 3.006 euros en concepto de capital social. Una vez realizado el ingreso y contrastado por la Agencia IDEA recibirá un mensaje de la Notaria para citarle a la firma de la compra-venta de la S.L.
    El Programa va realizando estos pasos, usted no hace nada, tan solo indicar cuándo puede firmar en la notaría que usted ha elegido.

     


     

    Cómo contactarnos

    Centro Corporativo C/ Torneo, 26. Sevilla

    • Teléfono de Atención al cliente 900 850 011
    • Teléfono del Centro Corporativo: 955 030 708
    • El horario de atención telefónica es de 9:00 - 14:00.
    • Correo electrónico:  empresas24horas@agenciaidea.es
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