SUBVENCIONES A MUJERES Y EMPRESAS DE
MUJERES POR EL I.A.M PARA EL FOMENTO Y LA MEJORA EMRPESARIAL
BENEFICIARIAS
a. Empresas de mujeres (propietarias al menos del 50% del capital) o empresarias autónomas
que tengan abierta sede social en Andalucía.
b. Mujeres que estén en fase de iniciar su proyecto de actividad autónoma o empresarial, en
Andalucía con el carácter de empresa de mujeres.
CONCEPTOS SUBVENCIONABLES
1. Inversiones materiales:
o Gastos de acondicionamiento de local.
o Inversiones en bienes de equipo nuevos, instalaciones, mobiliario, equipos informáticos.
2. Inversiones inmateriales:
o Gastos de constitución: notaría, registros o gestoría, etc.
o Registro de patentes y marcas.
o Gastos de reforma y modernización dirigidas a la implantación de tecnologías y sistemas de
organización relativos a la mejora de los sistemas de gestión.
o Gastos derivados de la adquisición de software y aplicaciones informáticas necesarias para
el ejercicio de la actividad.
o Planes de prevención de Riesgos Laborales, de igualdad y sistemas de calidad.
o Diseño de imagen corporativa, marcas, anagramas, catálogos y logotipos de los productos,
incluidos soportes telemáticos.
o Gastos derivados de la puesta en marcha de un Plan de comercialización de la empresa en las
siguientes acciones: nuevas tecnologías (campañas publicidad, páginas web), material gráfico
(folletos), y relaciones públicas (asistencia a ferias, mailing, material promocional)
o Gastos derivados de la asistencia técnica para la elaboración e implantación de los
proyectos que contribuyan a la generación de empleo, la estabilidad y el crecimiento de las
empresas.
CUANTÍA DE LAS AYUDAS
Se subvencionará hasta el 50% del presupuesto de la inversión. El abono de las subvenciones
concedidas se efectuará en un solo pago.
LUGAR Y PLAZO DE PRESENTACIÓN
Se recogerán solicitudes hasta el 20 de Marzo de 2008
Agencia de Desarrollo.
P.I La fuentecilla.
C/ 1 de Mayo 22-A
Lorena Franco.
954.82.70.74