Escudo

Escudo

Escudo

Escudo partido
  • El primer cuartel de sinople, una 'lentejuela' de oro.
  • El segundo cuartel de plata, una 'perdiz' contornada en su color, en aptitud sedente.
Al timbre
  • Posee 'Corona real moderna' cerrada, de grana y oro, con sus correspondientes meridianos, su globo y su cruz.

Gentilicio

El gentilicio de el municipio es Lantejolense.

Historia

En 1984 el Ayuntamiento de Lantejuela,  encargo un estudio a D. Joaquín González Moreno, doctor en Historia, para que redactase una Memoria Histórica y organizase las Armas del escudo de nuestra población.

Según el diccionario de la Real Academia de la Lengua, se puede definir Lantejuela o Lentejuela, como "planchita redonda de plata, u otra materia, de que se usa en los bordados, asegurándola en la ropa con puntadas que pasan por un agujerito que tiene en medio". En el diccionario ideológico de la lengua española, su autor Julio Casares afirma que lentejuela o lantejuela es diminutivo de lenteja, que se representa gráficamente por "una laminilla o disco pequeño de metal brillante, agujereado, que sirve para bordar, asegurándolo en la ropa con puntadas".

Esta afirmación lingüística está directamente relacionada con el nombre de la población así llamada. Hay documentos que prueban que, en las inmediaciones del actual pueblo de Lantejuela, "en fecha no precisa, se encontraron varias lentejas de oro, enterradas bajo el suelo, y sacadas con la punta de un arado, y de aquí tomo titulo aquella dehesa o donadío". 

El hecho que relatamos no es un caso excepcional. El descubrimiento en el campo, durante la reconquista de Andalucía o al comienzo de la Edad Moderna, de insólitas piezas, cuyo hallazgo no era frecuente, dio motivo a que determinadas fincas rústicas, e incluso las poblaciones que sobre ellas se alzaron, tomasen por denominativos estos curiosos, vocablos con entera independencia de sus antiguos topónimos. Un claro exponente de ello lo encontramos en aldeas, villas y pueblos que perdieron su original denominación romana o musulmana, por el causal hallazgo de imágenes religiosas, tallas arqueológicas, instrumentos, vestimentas o armas.

D. Pedro Girón II nació en 1423 en Belmonte y murió en Villarubia de los Ojos de 1466. De 1445 a 1466 fue Maestre de la Orden de Calatrava. En 1461 fue nombrado capitán general de la frontera de Andalucía, después de haber tomado parte principal en las tres entradas de las huestes cristianas en territorio musulmán en 1455, 1456 y 1457. En este último año, concluyó aquella guerra y con sólo sus gentes, Don Pedro puso sitio a Archidona, plaza importante, defendida por triple muralla. Dos meses duró su cerco, hasta que fueron derrotadas las fuerzas musulmanas.

Herido Girón en la cabeza, envió al Papa Calixto III como regalo la toca que le había cubierto. Su Santidad le hizo entonces merced de los diezmos de la nueva villa cristiana y su término. Por su parte, el rey Enrique IV de Castilla le confirmó su señorío.

El referido monarca castellano concedió por real cédula dad en Vitoria el 24 de marzo de 1457, licencia para instituir mayorazgo. Y el maestre lo fundó en cabeza de su hijo primogénito Alfonso Téllez Girón, comprendiendo en el mismo otras poblaciones, la antigua villa de Osuna, la fortaleza de Cazalla, la de Morón, Arahal, Olvera, Archidona, Orbejícar y el lugar de Gelves. Además integraba el patrimonio del mayorazgo los castillos, fortalezas, lugares, tierras, términos, señoríos, justicia, jurisdicción civil y criminal, vasallos, rentas, pechos y derechos, más las fortalezas y justicia de Carmona. Dentro de esta jurisdicción estaba, a partir del citado año de 1457, la hacienda de Lantejuela.

En 1577, Jerónimo de Gudiel en su “Compendio de algunas historias de España, donde se trata muchas antigüedades dignas de memoria y en especial se da noticia de la antigua familia de los Girones y de otros muchos linajes”, cita el donadío de Lantejuela, como uno de los Señoríos dependientes del estado-ducado de Osuna.

En 1746 Antonio García de Córdoba, en un códice manuscrito que se conserva en el archivo de la clausura del monasterio de la Encarnación de Osuna y que titula “Historia, antigüedad y excelencias de la villa de Osuna”, menciona Lantejuela, como una de las tierras pertenecientes al señorío del duque de Osuna.

Finalmente, en un artículo publicado en 1930, por el profesor Lasso de la Vega y López de Tejada, marques de Saltillo, quedó suficientemente demostrado que Lantejuela perteneció al ducado de Osuna, como finca de campo, hasta la ley de extinción de los señoríos jurisdiccionales; ya que con posterioridad a dicha ley pasó a ser aldea dependiente del municipio ursaonense, libre del yugo señorial.

Según las actas de cabildo del Ayuntamiento de Osuna, que menciona Pou Díaz, “Lantejuela fue a comienzos del siglo XIX una aldea fusionado con el municipio de Osuna, la cual se constituyó en Ayuntamiento independiente hacia los años 1830 a 1841”. Este mismo autor añade: “Según las actas del Archivo Municipal de Osuna, la primera sesión del Ayuntamiento de Lantejuela se celebró el 14 de febrero de 1842”.

Confirman estas noticias los documentos encontrados por el autor de la presente Memoria Histórica, en el Archivo Histórico Nacional, de Madrid. En la sección de Sigilografía, hay un informe remitido por el alcalde de Lantejuela, D. Francisco J. Baeza, el 15 de septiembre de 1876, cuya fotocopia se adjunta a esta Memoria, a manera de APENDICE, al final del presente texto. El documento dice así: “Este sello municipal de Lantejuela estuvo en uso desde el años 1835, en que dejó este pueblo de ser aldea a de la Villa de Osuna, hasta el año 1857”. A continuación añade: “Este otro sello se está usando desde 1857 hasta al fecha. (1876). No se ha usado en esta localidad timbre de clase alguna. Lantejuela, 15 de septiembre de 1876. El alcalde: Francisco J. Baeza” (rubricado).

Según el documento que acabamos de mencionar, existe en el Archivo Histórico Nacional, tanto en la etapa 1835-1857, como en el período 1857-1876, la impronta o sello usado se limita a reflejar el nombre de la aldea. En el primer período el sello municipal es sólo un ovalo, dentro del cual se expresa el voblablo Lantejvela (sic). En la segunda etapa el texto es más explícito. La rotulación dice así: Alcaldía Constitucional. Lantejuela”. Va colocada la leyenda en el exterior de un óvalo.

Por todo lo que antecede se deducen las siguientes conclusiones:

  1. A tenor del artículo 302 del vigente Reglamento de Organización, Funcionamiento y régimen jurídico de las Corporaciones Locales, se aconseja al Ayuntamiento actual de Lantejuela, que proceda a la creación de sus armas, de las que siempre ha carecido.

  2. Es criterio mantenido por la Real Academia de la Historia, que cuando una ciudad o villa haya estado sometida a un Señorío a un determinado linaje, sean las Armas de éste, las que de manera preferente deben constituir el blasón del municipio respectivo. Pero en el caso que nos ocupa, el Ayuntamiento de Lantejuela esta libre de esta subordinación heráldica, ya que si bien las tierras de este municipio fueron propiedad de los duques de Osuna, esta población, tanto en el período de fusión con el municipio de Osuna, como en la etapa independiente, nunca perteneció a la familia Téllez-Girón, por estar ala sazón vigente la Ley de Extinción de Señoríos Jurisdiccionales.

  3. Este vacío de símbolo señorial puede sustituirse, como de hecho se ha venido haciendo de forma tradicional en otras villas andaluzas, con las Armas representativas del propio nombre de la población. En este caso sería la laminilla de oro, con un orificio en su centro, representación gráfica de lantejuela o lentejuela.

  4. Estas armas deben ser incrementadas por otro cuartel privado, que exprese un símbolo agrícola, ganadero o industrial de Lantejuela, como es preceptivo en Heráldica Municipal. El exponente entiende que nada mejor para ser representada en este cuartel segundo, que la figura de una perdiz, ave que se cría en las mejores condiciones y en abundancia en el término de Lantejuela, desde tiempo inmemorial.

  5. Los esmaltes y metales de la Armería reseñada deberán ajustarse a las vigentes leyes heráldicas. Así, en el primer cuartel iría constituido por un campo de sinople (verde) con una lenteja de oro. El verde simbolizaría la fertilidad del término de Lantejuela y su espléndida vegetación, a la vez que supone un recuerdo del color predominante en la bandera Andaluza. En el segundo cuartel el esmalte blanco de plata es alegoría del color del caserío de Lantejuela y al mismo tiempo evoca uno de los colores de la enseña ente público autónomo.

  6. La corona real cerrada, queda justificada como timbre, por estar actualmente constituida en Reino y al frente de ella un Rey.

Por todo lo dicho se deduce aconsejable que el Ayuntamiento de Lantejuela, instruya el expediente reglamentario , para crear un escudo heráldico municipal, ante la Consejería de Gobernación, de la Junta de Andalucía, órgano al que le han sido trasferidas por el Gobierno del Estado Español las facultadas necesarias, según prescribe el artículo único del decreto de 14/1984, de 18 de enero, en relación con la norma 3.1 de las aprobadas por el Real Decreto 3.315/1983, de 20 de julio, de la Presidencia de Gobierno.

Fuente: Garrido Lucena, Francisco y España Ruíz, Mª del Carmen: De las chozas a la ilusión. Editado por el Ayuntamiento de Lantejuela. 1.989.