Registro de Parejas de Hecho. PIM

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Registro de Parejas de Hecho. PIM

25/05/2016

REGISTRO DE PAREJAS DE HECHO.

¿Qué diferencia hay entre la pareja de hecho y el matrimonio?

  En primer lugar, en lo relativo a los derechos que se les conceden una vez efectuada la correspondiente inscripción en el Registro de Parejas de Hecho, al amparo de lo previsto en la Ley 5/2002, de 16 de diciembre, de Parejas de Hecho, en la Comunidad Autónoma de Andalucía , los convivientes se equiparan en derecho a los matrimonios en las siguientes materias:

·         Normativa andaluza en Derecho Público.

·         Centros residenciales para personas mayores.

·         Rehabilitación de drogodependencias.

·         Información e intervención sanitaria.

·         Vivienda pública.

·         Normativa autonómica fiscal y tributaría.

·         Función pública.

-Las licencias, ayudas de acción social, condiciones laborales y similares, se estará a lo que se recoja en los convenios colectivos y contratos laborales.

- En materia de Sucesiones y Donaciones.

- En lo relativo a las pensiones de viudedad.

 

Para más información y tramitación, puede dirigirse al  P.I.M.

Horario de 9'00 a 15'00 de la tarde.