Edicto Guadalinfo

Edicto Guadalinfo

17/03/2009

Don Juan J. Vega López, Alcalde del Ayuntamiento de Lantejuela (Sevilla)

 
           HACE SABER
 
           * Primero.- Que por Resolución de Alcaldía Núm. 57/2009 de fecha 13/03/2009, se ha adoptado acuerdo del siguiente tenor literal:
 
Asunto: Resolución del Procedimiento de Selección para cubrir el puesto de “ Dinamizador/a del Centro Guadalinfo de Lantejuela”.
 
           Efectuada convocatoria pública para la contratación de personal laboral temporal al amparo de lo previsto en el Estatuto Básico del Empleado Público y de la legislación laboral aplicable, destinado al puesto de “ Dinamizador/a del Centro Guadalinfo de Lantejuela”, cuyas bases reguladoras fueron aprobadas por Resolución de Alcaldía número 23/2009 de fecha 13/02/09, y reunida la Comisión Evaluadora de Selección constituida al efecto el día 13 de Marzo, y según se desprende del Acta levantada, durante el periodo de exposición pública de las lista de admitidos para pasar a la segunda fase del procedimiento, la entrevista, se presentaron las siguientes alegaciones:
 
1.-Carmen Mª Vega Agüera: No se puede puntuar como formación complementaria (curso superior a 100 Hs), la cursada para obtención del titulo académico (asignaturas cursadas de libre configuración).
 
2.- José M. Ruiz Hormigo:   No se admite el documento que aporta como prueba de obtención del título puesto que las calificaciones definitivas no estarán hasta el día 18/03/09.
 
Además la formación complementaria (Título de socorrismo y primeros auxilios)tampoco puede ser objeto de valoración puesto que forma parte de la formación académica.
 
3.- Antonio Fco. Cadenas García.
No se valora el tiempo de trabajo como autónomo, puesto que el Tribunal no puede determinar el trabajo desempeñado.
 
4.-Adeli Muñoz Osuna.
 
Se estima la alegación presentada.
 
Una vez resueltas, se procede a la valoración:
 
MERITOS:
 

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ASPIRANTES
EXPERIENCIA (Max 6ptos)
FORMACIÓN COMPLEMENTARIA (Max 3 ptos)
TOTAL
Por mes como dinamizador en Centros Guadlf: 0,30 (max 7)
Por mes como dinamizador en otro Centro: 0,10 (max 3)
Por mes en la Admón. Pbca en puesto similar: 0,10 (max 2)
Formación Académica superior: 0,50
Cursos Oficiales de + 100 h: 0,50 (max 1)
Cursos de formación relacionados con el puesto:
- 0-10 h.: 0,05 (max 1)
- 10-20 h : 0,10 (max 1,50)
- + 20h: 0,15 (max 2)
1.- Manuel Álvarez Hens
 
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0,50
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0,50
2.-Carmen Mª Vega Agüera
 
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0,50
0,50
0,30
1,30
3.- José Manuel Ruiz Hormigo
 
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0
4.-Mª Dolores Ruiz Hormigo
 
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0,50
1
0,25
1,75
5.- José Carlos Prados Chía
 
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0
6.- AntonioFrancisco      Cadenas García
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0,92
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0,45
1,37
7.- Adeli Muñoz Osuna
 
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0,27
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1
1
2,27

 
ENTREVISTA:
 

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ASPIRANTES
TOTAL
(Máximo 8 puntos)
 
1.- Manuel Álvarez Hens
 
1,59
 
2.-Carmen Mª Vega Agüera
 
1,96
 
3.- José Manuel Ruiz Hormigo
 
2,43
 
4.-Mª Dolores Ruiz Hormigo
 
2,95
 
5.- José Carlos Prados Chía
 
7,4
 
6.- Antonio Francisco Cadenas García
4,6
 
 
7.- Adeli Muñoz Osuna
 
5,5
 

 
 
Visto lo expuesto y teniendo en cuenta las facultades conferidas por la legislación local vigente y concretamente por el art. 21.1 h) de la Ley 7/85 de 2 de Abril reguladora de las Bases de Régimen Local, HE RESUELTO:
 
               Primero.- Aprobar el resultado final con la siguiente puntuación:
 
 

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ASPIRANTES
TOTAL
(Máximo 17 puntos)
 
1.- Manuel Álvarez Hens
 
2,09
 
2.-Carmen Mª Vega Agüera
 
3,26
 
3.- José Manuel Ruiz Hormigo
 
2,43
 
4.-Mª Dolores Ruiz Hormigo
 
4,7
 
5.- José Carlos Prados Chía
 
7,4
 
6.- Antonio Francisco Cadenas García
5,97
 
7.- Adeli Muñoz Osuna
 
7,91
 

 
 
 
Segundo.- Teniendo en cuenta los resultados obtenidos y a tenor lo dispuesto en la Base Octava 8.3, ningún aspirante ha conseguido la puntuación mínima (10 Puntos) para optar al puesto y a la bolsa de trabajo, por ello, se declara desierto el procedimiento de selección.
 
           Segundo .- Informar a los interesados que, contra la resolución adoptada que es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes a partir del día siguiente de su publicación, mediante anuncio, inserto en el tablón de anuncios municipal, de acuerdo con lo previsto en los art. 116 y 117 de la Ley 30/1992, de 26 de Noviembre, de régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
 
           Tercero.- Significar que se iniciará un nuevo procedimiento y que, a tal efecto se publicarán unas nuevas bases.
 
Cuarto.- Dar cuenta al Pleno de la Corporación en la primera sesión que celebre.
 
           Quinto.- Publicar la presente resolución en el Tablón de Anuncios de la Corporación para conocimiento y efectos generales.-
 
 
           * Segundo.- Lo que se hace público para general conocimiento.
 
           En Lantejuela a 17 de marzo de 2008.
           
           El Alcalde
 
           Fdo. Juan J. Vega López.